La Asamblea Legislativa Plurinacional, en el marco de sus funciones constitucionales, establece el deber de fiscalizar al ejecutivo, para ello, cuenta con mecanismos para indagar situaciones irregulares o que atenten contra la sociedad. En el presente caso, es de conocimiento popular los problemas que viene atravesando el nivel central del Estado con la Gasolina. Motivo por el cual, a iniciativa del Vicepresidente, se pretende interpelar al señalado Ministro.
En ese sentido, ante la consulta realizada, Góngora determino que la interpelación es absolutamente un mecanismo previsto para los legisladores y además tiene su respaldo normativo como constitucional, y en caso de dudas, en específico por una supuesta resolución constitucional que prohibiría esta situación, aclaró que es falso, toda vez que la Resolución Constitucional 201/2023, emitido por la Sala Constitucional Primera de La Paz, que dispuso la prohibición de interpelación para los ministros de aquel momento, en específico una suspensión provisional, únicamente respecto a ese caso.